DERECHOS AMBIENTALES

El Acuerdo de Escazú ya es ley para doce países

Busca promover la participación, garantizar el acceso a la información pública y proteger la vida y la tarea de quienes defienden los derechos humanos.

El Acuerdo de Escazú ya es ley para doce países
Entró en vigencia luego de las ratificaciones de México y la Argentina.

 

Por Redacción terminalC

“Es necesario recuperar la política como instrumento de cambio para generar bienes públicos y pactos duraderos, que convoquen a la más amplia y diversa participación de los actores sociales y que sienten las bases para la construcción del estado de bienestar”, sostuvo Alicia Bárcena, directora ejecutiva de la Cepal, durante el encuentro virtual que celebró la entrada en vigencia del Acuerdo de Escazú.

Su objetivo es garantizar en la región la implementación plena y efectiva de “los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible”.

Según los términos del artículo 22 la entrada en vigor del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, tal su nombre completo, se produjo 90 días después de completarse el número de ratificaciones necesarias. Ese paso fue dado de manera simultánea el 22 de enero pasado por México y la Argentina, que se sumaron a Guyana, Bolivia, Uruguay, Nicaragua, Panamá, Ecuador y las naciones insulares de San Vicente y las Granadinas, Saint Kitts y Nevis, Antigua y Barbuda y Santa Lucía. Todos ellos son ahora Estados Parte.

Adoptado el 4 de marzo de 2018, el acuerdo da forma al Principio 10 de la Declaración de Rio sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. De los 33 países de la región invitados a participar, 24 lo firmaron, pero sólo 12 ratificaron esa adhesión hasta ahora. Chile, que había sido uno de los impulsores, ha quedado afuera por decisión del gobierno de Sebastián Piñera, con argumentos que la oposición política y los especialistas juzgan inconsistentes. Y en la nación anfitriona, Costa Rica, la iniciativa se encuentra frenada por la Corte Suprema, que cuestionó aspectos de su instrumentación.

Durante el encuentro, Bárcena consideró que el Acuerdo “está escribiendo un nuevo capítulo en materia de fortalecimiento de la democracia ambiental y el desarrollo sostenible”, que obliga a reflexionar sobre “el vínculo entre los derechos humanos y la construcción de un desarrollo más sostenible, inclusivo e integrador”.

Por su parte, el secretario general de la ONU, António Guterres, aseguró que representa un hito histórico para la región y destacó que se trate del primer tratado ambiental de América Latina y el Caribe y el primero en incluir provisiones para la promoción y protección de los defensores de derechos humanos en asuntos ambientales.

“Mientras seguimos afrontando los devastadores impactos del Covid-19 e intensificamos los esfuerzos para frenar la triple crisis del cambio climático, el colapso de la biodiversidad y la contaminación del ambiente natural, la entrada en vigor del Acuerdo de Escazú proporciona esperanza e inspiración, y sienta las bases para una recuperación sostenible y resiliente”, señaló Guterres.

El canciller Felipe Solá, que representó a la Argentina en la jornada, subrayó a su vez que desde ahora la región “comienza a construir un piso mínimo necesario para el ejercicio pleno de los derechos de acceso a la información, a la participación y a la justicia en asuntos ambientales”.

Señaló también que el tratado es “una pieza clave para garantizar el derecho de todos los habitantes a gozar de un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano” y que condice con el objetivo de alcanzar “una recuperación pospandémica inclusiva y sostenible, que no deje a nadie atrás”.

En su artículo 3, el Acuerdo consagra una serie de principios: de igualdad y no discriminación; de transparencia y rendición de cuentas; de no regresión y de progresividad; de equidad intergeneracional; de máxima publicidad; de soberanía permanente de los Estados sobre sus recursos naturales y de igualdad soberana de los Estados, entre otros.

Tras enunciar que cada Estado parte “garantizará el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente sano, así como cualquier otro derecho humano universalmente reconocido que esté relacionado con el presente Acuerdo”, el artículo 4 y los dos siguientes establecen una serie de previsiones para facilitar el acceso a la información de personas o colectivos, en formatos al alcance de todos los interesados y las interesadas y en los diversos idiomas usados en cada país.

El artículo 5 admite también excepciones; por ejemplo, cuando la divulgación de una determinada información ponga en riesgo la vida o la seguridad de personas, afecte la seguridad o la defensa nacional, genere un riesgo para la aplicación de la ley o la prevención del delito, entre otros supuestos. De todas formas, indica que tales casos deberán encontrarse establecidos por ley y ser aplicados de manera restrictiva.

Por su parte, el artículo 9 refiere a los riesgos que conlleva el activismo ambiental en la mayoría de los países de la región. Así, establece que los Estados Parte garantizarán “un entorno seguro y propicio en el que las personas, grupos y organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos en asuntos ambientales puedan actuar sin amenazas, restricciones e inseguridad” y que tomarán “las medidas adecuadas y efectivas para reconocer, proteger y promover todos los derechos de los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales, incluidos su derecho a la vida, integridad personal, libertad de opinión y expresión, derecho de reunión y asociación pacíficas y derecho a circular libremente”. Por último, llama a tomar “medidas apropiadas, efectivas y oportunas para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas o intimidaciones que los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales puedan sufrir en el ejercicio de los derechos contemplados en el presente Acuerdo”.

 

Publicado el 29-04-2021
Foto: Flickr (ilustración).

Acuerdo de Escazú


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